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ArquiCalc

Calculadora normativa

PRMS – Res. 20 (1994) · OGUC D.S. N°21 (2025) · LGUC Ley 21.770 (2025)
PRC integrados: comunas RM  ·  Índices personalizables por CIP
?
📍 Santiago · RM
·
🗺️ PRMS + PRC de comunas integrados
·
📋 Índices personalizados desde tu CIPCC · COS · Den · Est.
·
⚡ Normativa vigente 2025–2026
·
Solo orientativo · Verificar siempre con DOM
📁 Proyecto activo: 💾 Guardado
Selecciona un proyecto existente o crea uno nuevo para comenzar.
① Constructibilidad
② Ocupación de Suelo
③ Estacionamientos
④ Carga de Ocupación
⑤ Densidad
⑥ Ley de Aportes
⑦ Rasante
⑧ Edificación
⚙️ Gestión de Normas
📋 Mi CIP

1 Cálculo de Constructibilidad

OGUC Art. 4.1.10 · PRMS Res.20 (1994) · Todo Chile — ingresa el CC de tu PRC

📋 Estás trabajando fuera de la Región Metropolitana. Las zonas del PRMS no aplican. Ingresa el CC de tu Plan Regulador Comunal (PRC) usando la opción "✎ Ingresar CC manualmente" o agrega las zonas de tu PRC en ⚙️ Gestión de Normas.
📍 Comuna
📐 Superficie existente por piso (si es ampliación)

Resultado – Constructibilidad

CC Permitido
CC
CC Proyectado
CC
Sup. Total Construida Máxima
Sup. ya construida (pisos)
Superficie disponible para ampliar
m² adicionales
Cumple CC
 

Fórmula: Sup. Máx. = CC × Sup. Predio · OGUC Art. 4.1.10

⚠️ Verificar siempre con el Certificado de Informaciones Previas (CIP) emitido por el DOM de la comuna correspondiente.

2 Ocupación de Suelo

OGUC Art. 4.1.10 · PRMS Res.20 (1994) · Todo Chile — ingresa el COS de tu PRC

📋 Estás trabajando fuera de la Región Metropolitana. Las zonas del PRMS no aplican. Ingresa el COS de tu Plan Regulador Comunal (PRC) usando la opción "✎ Ingresar % manualmente" o agrega las zonas en ⚙️ Gestión de Normas.
📍 Comuna

Resultado – Ocupación de Suelo

COS Permitido
%
COS Proyectado
%
Superficie Máxima 1er Piso
Superficie Libre Disponible
Zona aplicada
 
Cumple COS
 
⚠️ El COS se aplica sobre la superficie predial. En terrenos con pendiente considerar la proyección horizontal. Verificar con el CIP del DOM correspondiente.

3 Estacionamientos – Automóviles

PRMS Art. 7.1.2.9 (RM) · OGUC Art. 2.4.2 (resto del país) · Todo Chile

🏙️ Comuna: PRMS global ↖ se sincroniza con cálculo ①
📍 Región Metropolitana: Los requerimientos se rigen por el Art. 7.1.2.9 del PRMS (Resolución 20, 1994). Usa la tabla de abajo como referencia.
🚗 Destinos del proyecto

Resultado – Estacionamientos Requeridos (PRMS Art. 7.1.2.9)

Total Residentes / Usuarios
estacionamientos
Total Visitas
estacionamientos
TOTAL Requerido
estacionamientos
N° de destinos
destinos
⚠️ Según PRMS Art. 7.1.2.9, la DOM puede eximir total o parcialmente las exigencias cuando el predio esté próximo a paradero de transporte público o en zonas específicas del PRMS. Verificar siempre el CIP.

Tabla PRMS Art. 7.1.2.9 – Exigencias de Estacionamiento

3B Estacionamientos – Bicicletas

OGUC Art. 2.4.1 (mod. D.S. N°50/2021) · Todo Chile

🔗 Usa los destinos ingresados en Automóviles (3A). Calcula primero allí para pre-rellenar los valores, luego presiona el botón.

Resultado – Estacionamientos Bicicletas

Total Bicicletas requeridas
espacios
Dimensión mínima c/u
0.7 × 2.0
m
Descuento posible en autos
estac. auto
N° destinos calculados
destinos

Por cada 5 estacionamientos de bicicleta se puede reducir 1 de auto (máx. 15% del total requerido).

⚠️ Verificar con el CIP si el PRC comunal tiene exigencias adicionales. Los espacios deben ser seguros, techados y accesibles.

Tabla OGUC – Factores Bicicletas (D.S. N°50/2021)

DestinoExigenciaReferencia
Vivienda colectiva1 c/ 4 unidades de viviendaOGUC Art. 2.4.1
Oficinas / Servicios1 c/ 100 m² superficie útilOGUC Art. 2.4.1
Comercio1 c/ 100 m² superficie ventasOGUC Art. 2.4.1
Educación1 c/ 20 alumnosOGUC Art. 2.4.1
Hotel1 c/ 10 habitacionesOGUC Art. 2.4.1
Salud1 c/ 50 m² área atenciónOGUC Art. 2.4.1

Fuente: OGUC Art. 2.4.1 modificado por D.S. N°50 (2021). Dimensión mínima por espacio: 0,70 m × 2,00 m.

3C Estacionamientos – Personas con Discapacidad

Ley N°20.422 (2010) · OGUC Art. 2.4.1 · Todo Chile

Resultado – Est. Personas con Discapacidad

Espacios PcD requeridos
espacios
Dimensión mínima
3.5 × 5.0
m
Señalización requerida
símbolo ISA
Ubicación
⚠️ Los estacionamientos PcD deben estar en el nivel de acceso principal, estar señalizados con el símbolo ISA, y conectar directamente con la entrada accesible. Verificar con DOM.

Tabla – Exigencias Ley N°20.422 / OGUC

Dotación de estacionamientosEst. PcD requeridos
Desde 1 hasta 201 espacio
Sobre 20 hasta 502 espacios
Sobre 50 hasta 2003 espacios
Sobre 200 hasta 4004 espacios
Sobre 400 hasta 5005 espacios
Sobre 5001% del total (aproximado al entero siguiente)

Fuente: OGUC Art. 2.4.1 (D.S. N°50/2021). Dimensiones mínimas: 3,5 m ancho × 5,0 m largo.

3D Estacionamientos – Otros Vehículos

OGUC · PRC comunal · Especificar según tipo de proyecto

Resultado – Otros Vehículos

Espacios requeridos
espacios
Tipo de vehículo
Factor aplicado
Dimensión referencial
m
⚠️ Los requerimientos de estacionamientos para vehículos especiales deben verificarse en el PRC de la comuna y el CIP correspondiente. Los factores indicados son referenciales.

3E Descuento: Autos por Estacionamientos de Bicicleta

OGUC Art. 2.4.1 (D.S. N°50/2021) · Todo Chile

💡 La OGUC permite reducir la exigencia de estacionamientos de automóviles cuando se proveen estacionamientos de bicicletas adicionales a los exigidos.

Resultado – Descuento Cruzado

Bicicletas adicionales
sobre lo exigido
Descuento posible (÷5)
autos
Descuento máximo (15%)
autos
Est. autos finales requeridos
estacionamientos

Regla:
· Por cada 5 estacionamientos de bicicleta adicionales (sobre los exigidos), se puede reducir 1 estacionamiento de automóvil.
· El descuento máximo es el 15% del total de estacionamientos de automóviles exigidos.
· Los estacionamientos de bicicleta que generan el descuento deben estar en el mismo predio y ser accesibles.
· Fórmula: Descuento = min(⌊Bici_extra ÷ 5⌋, ⌈Est_autos × 15%⌉)

4 Carga de Ocupación

OGUC Art. 4.2.4 – Tabla de m² por persona según destino del recinto (D.S. N°217/D.O. 20-02-2002)

🏢 Recintos del proyecto

Resultado – Carga de Ocupación Total

Carga Total del Proyecto
personas
Medios de evacuación (ref.)
OGUC Art. 4.2.5
N° de recintos calculados
recintos

Fórmula: Carga recinto = Sup. Útil / (m²/persona) · OGUC Art. 4.2.4

⚠️ Agregue cada recinto del proyecto por separado. Carga > 500 personas requiere estudio especial de evacuación (OGUC Art. 4.2.5).

Tabla OGUC Art. 4.2.4 – m²/persona (tabla completa)

Destino del recintom²/persona
Vivienda (superficie útil)
Unidades hasta 60 m²15,0
Unidades de más de 60 m² hasta 140 m²20,0
Unidades de más de 140 m²30,0
Oficinas (superficie útil)
Oficinas10,0
Comercio (locales en general)
Salas de venta niveles -1, 1 y 23,0
Salas de venta en otros pisos5,0
Supermercados (área de público)3,0
Supermercados (trastienda)15,0
Mercados y Ferias (área de público)1,0
Mercados y Ferias (puestos de venta)4,0
Comercio (Malls)
Locales comerciales, niveles con acceso exterior10,0
Pasillos entre locales, niveles con acceso exterior5,0
Locales comerciales, otros niveles14,0
Pasillos entre locales, otros niveles7,0
Patios de comida y otras áreas comunes con mesas1,0
Educación
Salones, auditorios0,5
Salas de uso múltiple, casino1,0
Salas de clase1,5
Camarines, gimnasios4,0
Talleres, Laboratorios, Bibliotecas5,0
Oficinas administrativas7,0
Cocina15,0
Salud (Hospitales y Clínicas)
Áreas de servicios ambulatorios y diagnóstico6,0
Sector de habitaciones (superficie total)8,0
Oficinas administrativas10,0
Áreas de tratamiento a pacientes internos20,0
Salud (Consultorios, Policlínicos)
Salas de espera0,8
Consultas3,0
Otros
Recintos de espectáculos (área espectadores de pie)0,25
Capillas, Discotecas0,5
Salones de reuniones0,8
Área para público en bares, cafeterías, pubs1,0
Restaurantes (comedores), salones de juego1,5
Salas de exposición3,0
Hogares de niños3,0
Gimnasios, Academias de danza4,0
Hogares de ancianos6,0
Estacionamientos uso común o públicos (sup. total)16,0
Hoteles (superficie total)18,0
Bodegas, Archivos40,0

Fuente: OGUC Art. 4.2.4, modificado por D.S. 217 – D.O. 20.02.2002.

5 Densidad Habitacional

OGUC · PRMS Res.20 (1994) · Todo Chile — ingresa la densidad de tu PRC

📋 Estás trabajando fuera de la Región Metropolitana. Ingresa la densidad máxima (hab/ha) de tu Plan Regulador Comunal (PRC) usando la opción "✎ Ingresar densidad manualmente" o agrega las zonas en ⚙️ Gestión de Normas.
📍 Comuna
Factor PRMS vigente: 4.0 hab/vivienda

Resultado – Densidad

Densidad Permitida
hab/ha
Habitantes permitidos
habitantes
N° máx. de viviendas
viviendas
Zona aplicada
 

Fórmula: Hab. = (Sup. Predio / 10.000) × Densidad máx. | Viv. = Hab. / 4.0 hab/viv

⚠️ La densidad puede verse limitada también por el CC o el COS. El factor limitante es siempre el más restrictivo.

6 Ley de Aportes al Espacio Público

LGUC Art. 168 · Art. 175 (Ley 20.958 · Ley 21.770) · OGUC Art. 2.2.5. Bis (D.S. 14, vigente desde 18-11-2020)

¿Cuándo aplica? Todos los proyectos que generen crecimiento urbano por densificación deben aportar o ceder terreno al espacio público (LGUC Art. 168 — principio de universalidad). No existe umbral mínimo de superficie que exima del aporte. El porcentaje de cesión se determina por la Densidad de Ocupación (DO) del proyecto, calculada conforme a la fórmula de OGUC Art. 2.2.5. Bis.

📋 Datos del predio, densidad de ocupación y valorización

Resultado – Ley de Aportes al Espacio Público

Estado Ley de Aportes
 
Aporte bruto requerido
Superficie adyacente cedida
Aporte neto a pagar/ceder
Equivalente monetario
UF
Equivalente en CLP
$ aprox.

Base: LGUC Art. 168 · Art. 175 (Ley 20.958) · OGUC Art. 2.2.5. Bis (D.S. 14, vigente 18-11-2020) · Ley 21.770 (D.O. 29-09-2025)

⚠️ El avalúo fiscal debe corresponder al Avalúo Fiscal Detallado del SII para el predio específico. El cálculo definitivo debe ser validado por el DOM y SEREMI MINVU de la región correspondiente.

Fórmula – OGUC Art. 2.2.5. Bis (D.S. 14 · Ley 20.958)

Principio de Universalidad (LGUC Art. 168): Todos los proyectos que conlleven crecimiento urbano por densificación deben aportar. No existe umbral mínimo de superficie.
1. Densidad de Ocupación (DO):
DO = (Carga de ocupación × 10.000) ÷ Superficie del predio [pers/ha]
La carga de ocupación se calcula conforme a OGUC Art. 4.2.4. (Cálculo 4 de esta calculadora).
2. Porcentaje de cesión:
DO ≤ 8.000 pers/ha → % = (DO × 11) / 2.000
DO > 8.000 pers/ha → % = 44% (máximo)
3. Aporte bruto en terreno:
Aporte bruto (m²) = Superficie predio × % cesión
4. Equivalente monetario (Art. 2.2.5. Bis B):
Aporte $ = Aporte neto (m²) × Avalúo fiscal (UF/m²)
CondiciónFórmula % cesiónEjemplo (DO = 4.000 pers/ha)
DO ≤ 8.000 pers/ha% = DO × 11 / 2.0004.000 × 11 / 2.000 = 22%
DO > 8.000 pers/ha% = 44% (máximo)
Límite absoluto (Art. 2.2.5. Bis C)Máximo 44% del predio

La superficie adyacente cedible (vía pública / BNUP colindante) puede descontarse del aporte bruto (Art. 70 LGUC). Alternativamente el aporte puede cumplirse ejecutando estudios, proyectos u obras de valor equivalente (Art. 179 LGUC).

7 Rasante

OGUC Art. 2.6.3 (D.S. N°21, D.O. 26-09-2025) · Todo Chile

📐 La rasante es una recta imaginaria que, mediante un determinado ángulo de inclinación, define la envolvente teórica dentro de la cual puede desarrollarse un proyecto de edificación. Se proyecta a través del largo de cada deslinde y restringe tanto la altura como el distanciamiento de las edificaciones.

Ángulo de rasante por región (OGUC Art. 2.6.3)
Regiones Ángulo rasante
I a III y XV 80°
IV a IX y Región Metropolitana 70°
X a XII y XIV 60°
tan(70°) = 2.747
🛣️ Rasante Frontal (vía pública)
🔙 Rasante Posterior (deslinde)

Resultado – Rasante Frontal

Altura máx. en fachada
m
≈ Pisos en fachada
pisos (×3 m)
Altura máx. en punto interior
m
≈ Pisos en punto interior
pisos (×3 m)
⚠️ La rasante se aplica conjuntamente con la altura máxima fijada por el PRC — rige la condición más restrictiva. Verificar siempre con el Certificado de Informaciones Previas (CIP) y el texto actualizado del PRC.
📋 Art. 2.6.11 OGUC — Excepción del volumen teórico (desde 2001):
Las edificaciones de tipo aislado pueden sobrepasar la altura de rasante, siempre que la sombra proyectada por el edificio no sea mayor que la generada por el "volumen teórico" inscrito en la rasante. Esta excepción fue incorporada para evitar los edificios "lustrines" escalonados que resultaban de la aplicación estricta de la rasante en los años 80 y 90.

Conceptos clave – Rasante OGUC Art. 2.6.3

ConceptoDefinición
DefiniciónRecta imaginaria que, mediante un ángulo de inclinación, define la envolvente teórica dentro de la cual puede desarrollarse una edificación (Art. 1.1.2 OGUC)
Ángulo de rasanteVaría según región: I–III y XV = 80° · IV–IX y RM = 70° · X–XII y XIV = 60°
Origen rasante frontalLínea oficial del predio en la acera opuesta de la vía pública (al otro lado de la calle)
Origen rasante posterior/lateralDeslinde de fondo o lateral del predio, a nivel del terreno natural
AntejardínSuma a la distancia disponible: la rasante "parte" desde el otro lado de la calle, el antejardín da más holgura al edificio
Viga de coronaciónNo puede sobrepasar la envolvente de la rasante
Elementos salientesCornisas, balcones y aleros tampoco pueden sobrepasar la rasante
Excepción Art. 2.6.11Edificaciones aisladas pueden superar la rasante si la sombra proyectada no excede la del "volumen teórico" inscrito en ella
Edificios "lustrines"Resultado histórico de aplicar la rasante estrictamente: edificios escalonados que maximizaban constructibilidad hasta los años 2000

Fuente: OGUC Art. 2.6.3 y Art. 2.6.11 – D.S. N°21 (D.O. 26-09-2025).

8 Normativa de Edificación

OGUC Art. 2.6 · PRC de la comuna · Todo Chile

Selecciona la comuna y zona para cargar automáticamente los parámetros del PRC, o ingrésalos manualmente.

📏 Altura
🏠 Agrupamiento
↔️ Distanciamientos
🌳 Antejardín
🏢 COS Pisos Sup.
OGUC Art. 2.6.3 · PRC

Resultado – Altura Máxima

Altura máxima
m
Pisos máximos
pisos
Altura libre mínima c/piso
m
Restricción más restrictiva
⚠️ Todos los valores de agrupamiento, distanciamientos, antejardín y altura deben verificarse con el CIP emitido por el DOM de la comuna. El CIP es el documento oficial que informa las condiciones aplicables a un predio específico.
Región: Región Metropolitana (RM)  ·  Versión:  ·  Normativa:
Última actualización:  ·  Nota:

Gestión de Normativa · Santiago RM

Administra el PRMS y los PRC comunales que alimentan los 8 módulos de cálculo. Los índices (CC, COS, densidad, estacionamientos) pueden personalizarse con los datos exactos del Certificado de Informaciones Previas (CIP) emitido por el DOM de cada comuna.

Zonas PRMS
zonas globales RM
Comunas con PRC
de 52 en la RM
Índices por CIP
CC · COS · Den · Est.
Normativa base
PRMS
OGUC · LGUC
Actualizada 2025–26
📍 PRC por Comuna
📚 Biblioteca de PRCs
🗺️ PRMS – Zonas Globales
🌎 PRMS por Región
👥 Carga de Ocupación
💰 Ley de Aportes
ℹ️ Versión / Nota
🕓 Historial
🗺️

Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS)

Norma supracomunal vigente para toda la Región Metropolitana. Las zonas aquí ingresadas aplican como valores base en los cálculos cuando no hay PRC comunal activo. Cada comuna además puede tener su propia normativa PRC — editarla en la pestaña "PRC por Comuna".

Edita CC, COS y Densidad de cada zona. El cambio se refleja en los selectores de los módulos 1, 2 y 5 al guardar.

IDGrupoNombre de la zonaCCCOS (%)Den (hab/ha)Norma

🚗 Estacionamientos PRMS – Art. 7.1.2.9

Exigencias de estacionamiento para la Región Metropolitana según PRMS Res. 20/1994. Aplican cuando la comuna no tiene norma PRC propia de estacionamientos.

Tabla completa OGUC Art. 4.2.4. Cambia el valor m²/persona y se actualiza el selector del módulo 4.

GrupoDestino del recintom²/personaNorma
🏛️ Fórmula fija — OGUC Art. 2.2.5. Bis (D.S. 14 · Ley 20.958)
El Cálculo 6 aplica directamente la fórmula legal. No existen parámetros PRC editables para la ley de aportes: el porcentaje de cesión es determinado por la Densidad de Ocupación del proyecto.
Principio de Universalidad (LGUC Art. 168): No existe umbral de superficie que exima del aporte.
Fórmula:
  • DO = (Carga de ocupación × 10.000) ÷ Sup. predio
  • DO ≤ 8.000 pers/ha → % = DO × 11 / 2.000
  • DO > 8.000 pers/ha → % = 44% (máximo)
Aporte en dinero (Art. 2.2.5. Bis B): Avalúo fiscal vigente × % de terreno a ceder

Fuente: OGUC Art. 2.2.5. Bis · 2.2.5. Bis B · 2.2.5. Bis C (D.S. 14, D.O. 22-02-2018, vigente 18-11-2020) · LGUC Art. 70 · Art. 168 · Art. 175 (Ley 20.958) · Ley 21.770 (D.O. 29-09-2025)

🗺️ PRMS – Plan Regulador Metropolitano

Norma supracomunal de la Región Metropolitana. Define zonas, usos de suelo y parámetros base para toda el área urbana de Santiago. Se edita en la pestaña "PRMS – Zonas Globales".

📍 PRC – Plan Regulador Comunal

Norma específica de cada una de las 345 comunas de Chile. Selecciona una región y luego una comuna para ingresar o editar sus zonas, CC, COS y densidad. Se aplican automáticamente en las calculadoras.

📁 Mis PRC Locales

Configuraciones de norma guardadas por ti. Son independientes del PRC activo de la plataforma.

🏗️ Mis PRCs Propios

Crea tu propio Plan Regulador Comunal desde cero — con tus zonas, CC, COS, altura, antejardín, agrupamiento y estacionamientos. Disponible en todos los cálculos.

🌎 PRMS – Plan Regulador Metropolitano / Regional

Cada región de Chile tiene su propio Plan Regulador Metropolitano o Intercomunal. Solo la Región Metropolitana tiene datos oficiales cargados por la plataforma. Para otras regiones puedes crear y guardar tu propio PRMS como PRMS Local.

📋 Cómo usar los PRMS Locales

Haz clic en una región para crear o editar su PRMS. Guarda las zonas como PRMS Local y aparecerán automáticamente en los selectores de todos los calculadores, para que puedas calcular con las normas de tu región.

🌎 Mis PRMS Locales

Planes Reguladores Metropolitanos / Regionales guardados por ti. Aparecen en los selectores de todos los calculadores.

📚 Biblioteca de PRMS Compartidos

PRMS cargados y compartidos por otros usuarios de ArquiCalc, asociados a cada región de Chile.

⏳ Cargando biblioteca…

📚 Biblioteca de PRCs Compartidos

PRCs cargados y compartidos por otros usuarios de ArquiCalc. Puedes cargar uno como PRC Local para tu proyecto.

⏳ Cargando biblioteca…
Registro de cada vez que se guardaron cambios normativos.
⚠️ Cualquier cambio en la normativa debe respaldarse en el texto oficial del decreto o resolución publicada en el Diario Oficial. Guarda siempre un JSON de respaldo antes de modificar.

📋 Mis CIPs — Certificados de Informaciones Previas

Cada CIP queda ligado a una comuna. Al activarlo, sus parámetros tienen prioridad en todos los calculadores. Los campos vacíos usan el PRC de la comuna o el PRMS.

Mis CIPs guardados
Aún no tienes CIPs guardados. Crea uno con el formulario de abajo.
Nuevo CIP
💡 Los campos que dejes en blanco usarán los parámetros del PRC de la comuna seleccionada, o el PRMS si no hay PRC.
Identificación
Índices Urbanísticos
Altura Máxima
Normas de Edificación
Observaciones
⚠️ Los valores del CIP son orientativos. Siempre verifica con el documento original emitido por el DOM de la comuna antes de tomar decisiones de diseño.

📁 Mis Proyectos

Cada proyecto guarda los datos de tus calculadoras. Crea alternativas para comparar escenarios normativos.

Proyecto Tipo Comuna Cliente / Mandante Alternativas Estado Modificado Acciones
📭 No hay proyectos. Crea el primero con el botón "+ Nuevo Proyecto".
ArquiCalc · Versión 2025 · PRMS Res.20/1994 Art.7.1.2.9 · LGUC Ley 21.770 (D.O.29-09-2025) · OGUC D.S.N°21 (D.O.26-09-2025)
Uso exclusivamente orientativo. Verificar siempre con el Certificado de Informaciones Previas emitido por el DOM correspondiente.